Golpe al INE: TEPJF anula las multas millonarias contra más de 150 candidatos judiciales, incluidos ministros electos
- La Noticia al Punto 
- hace 16 horas
- 2 Min. de lectura

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó de manera lisa y llana las multas impuestas por el Instituto Nacional Electoral (INE) a más de 150 candidatos a juzgadores por aparecer en los llamados “acordeones” antes de la elección judicial celebrada el 1 de junio pasado.
Por mayoría de votos, las magistraturas desecharon los recursos presentados y dejaron sin efecto las sanciones económicas que, en conjunto, ascendían a 6.3 millones de pesos. Entre los beneficiados de esta resolución se encuentran los actuales ministros Hugo Aguilar Ortiz, Loretta Ortiz Half, Arístides Rodrigo Guerrero y Rufino H. León, quienes también habían sido multados por el INE.
“Se desechan los recursos precisados en las ejecutorias y se revocan de manera lisa y llana los actos impugnados en términos de la sentencia”, señaló la magistrada presidenta del TEPJF, Mónica Soto Fregoso, al emitir la resolución.
Durante la sesión, los magistrados Claudia Valle y Gilberto Bátiz se excusaron de participar, debido a que ellos mismos fueron sancionados previamente por el INE por motivos similares.
¿Quiénes votaron a favor de revocar las multas?
La decisión fue respaldada por los magistrados Felipe Fuentes Barrera y Felipe de la Mata Pizaña, además de la presidenta Soto Fregoso, quienes coincidieron en que el INE actuó sin una adecuada fundamentación ni motivación al imponer las sanciones.
Según la argumentación de la Sala Superior, el INE no comprobó que los candidatos obtuvieran un beneficio directo ni que tuvieran conocimiento de la difusión de los “acordeones”, lo cual era indispensable para atribuirles responsabilidad indirecta.
Además, el Tribunal señaló que el INE emitió resoluciones contradictorias, ya que en algunos casos reconoció que la creación de los acordeones y de los sitios web donde se publicaron no fue atribuible a los candidatos, sino a terceros no identificados.
El magistrado Felipe Fuentes Barrera detalló que “no se identificaron mecanismos de promoción pagada, pauta o posicionamiento web, y no se cuenta con evidencia técnica de su creación ni del momento en que comenzaron a operar”.
Con esta resolución, el TEPJF dejó sin efecto la decisión del INE del 28 de julio pasado, mediante la cual se había ordenado sancionar con el 10% del tope de gasto de campaña a más de 170 candidatos judiciales.
La sentencia representa un duro revés para el INE, que había defendido la legalidad de sus sanciones en el marco de la primera elección judicial en la historia del país.
Por Areli Rodríguez









Comentarios