top of page

Cédula de Datos Fiscales sustituye a la Constancia de Situación Fiscal; SAT mantiene beneficios de Regularización 2025

  • Foto del escritor: La Noticia al Punto
    La Noticia al Punto
  • 21 jul
  • 2 Min. de lectura

La Cédula de Datos Fiscales ha comenzado a desplazar a la tradicional Constancia de Situación Fiscal como documento de referencia para los contribuyentes que desean proporcionar sus datos fiscales al momento de solicitar una factura, informó Domingo Ruíz López, presidente de la Comisión Fiscal de Coparmex Nacional.


ree

Ruíz López explicó que, aunque el Servicio de Administración Tributaria (SAT) nunca ha establecido como obligatorio presentar la constancia para emitir una factura, en la práctica muchos comercios y profesionales solicitan este documento para asegurarse de capturar correctamente los datos del cliente en el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).

“Lo que realmente importa es que los datos del contribuyente —como el RFC, el régimen fiscal y el código postal— estén correctos en la factura, tal y como están registrados en el SAT”, puntualizó.


Ante esta necesidad, la Cédula de Datos Fiscales, disponible desde hace al menos dos años en la aplicación del SAT, ha tomado protagonismo. A diferencia de la Constancia completa, la Cédula es más simple, contiene únicamente el RFC, el nombre del contribuyente, el régimen fiscal y el código postal, además de incluir un código QR que facilita su verificación.

El especialista reconoció que aún hay mucha confusión entre ambos documentos, e incluso hay quienes solicitan “la Cédula fiscal del mes”, pese a que este documento no cambia mes a mes.


SAT mantiene vigente el programa de Regularización Fiscal 2025

En paralelo, el SAT recordó que continúa vigente el Programa de Regularización Fiscal 2025, dirigido a personas físicas y morales con ingresos de hasta 35 millones de pesos. Este esquema permite regularizar adeudos fiscales de los ejercicios 2023 o anteriores, con importantes beneficios:

  • Reducción del 100% en multas, recargos y gastos de ejecución, incluso si hay agravantes.

  • Suspensión del procedimiento administrativo de ejecución, sin necesidad de garantizar el interés fiscal.

  • Pago en hasta seis parcialidades para créditos fiscales firmes no impugnados.

Los contribuyentes interesados deben cumplir con ciertos requisitos, como no haber recibido condonaciones en programas anteriores (2000, 2007 o 2013), no contar con sentencias condenatorias por delitos fiscales ni estar listados en los artículos 69-B o 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación.


Para acceder al programa, se pueden utilizar los siguientes canales:

  • Portal del SAT mediante caso de aclaración

  • Cita presencial en oficinas del SAT

  • Oficina Virtual

  • MarcaSAT (55 627 22 728, opción 9 y luego opción 3)

  • Chat uno a uno

  • OrientaSAT

Con estas medidas, el SAT busca facilitar el cumplimiento fiscal y reducir la carga administrativa para millones de contribuyentes en el país.

Por Areli Rodríguez


Comentarios


bottom of page