Testamento o donación en vida: opciones en México
- La Noticia al Punto

- 7 sept
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Septiembre impulsa la cultura de heredar
La decisión entre hacer un testamento o donar en vida vuelve a ponerse en debate en el marco de la campaña “Septiembre, mes del testamento”. En México, solo 6% de la población ha realizado este trámite, lo que refleja una baja cultura de previsión en materia de sucesión patrimonial, de acuerdo con datos de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).
Ambos esquemas ofrecen certeza jurídica y evitan conflictos familiares, aunque requieren costos importantes. Sin embargo, especialistas coinciden en que el gasto de no hacer un testamento suele ser más alto, ya que implica procesos judiciales prolongados y honorarios adicionales.
El testamento: claridad y flexibilidad
El testamento es un acto jurídico que se realiza ante notario y permite decidir el destino de bienes, derechos y obligaciones tras la muerte. Desde 2003, la campaña nacional de septiembre ofrece descuentos de hasta 50% para facilitar este trámite, que en algunas entidades se extiende hasta octubre.
Teodoro Serralde, director de Serralde Consultores Jurídicos, explica que heredar un inmueble implica un gasto de entre 15% y 30% del valor de la propiedad. Este monto incluye impuestos, avalúos, honorarios notariales y escrituración. A ello se suman los pagos pendientes de servicios y predial.
No obstante, el gobierno no grava las herencias con el Impuesto Sobre la Renta (ISR). Además, el testamento puede modificarse cuantas veces se desee sin penalización. Para expertos, esta figura evita pleitos familiares y gastos mayores derivados de juicios sucesorios.
Donar en vida: rapidez con condiciones
La donación en vida es un contrato formal ante notario mediante el cual una persona transfiere un bien, dinero o acciones sin recibir algo a cambio. Aunque su costo es similar al del testamento, la diferencia es que el desembolso se hace de inmediato.
Si la donación es a familiares en línea recta o al cónyuge, no genera ISR. En cambio, si el beneficiario es otro pariente o tercero, se aplica un impuesto del 20%.
Otra ventaja es la rapidez: mientras que un juicio sucesorio puede tardar años, la donación concluye en semanas. Sin embargo, el contrato es irrevocable salvo causas como la ingratitud, lo que obliga a procesos judiciales largos en caso de disputa.
El donante puede reservarse el usufructo, es decir, conservar el derecho de habitar o usar el inmueble hasta su muerte. Esta opción es común entre adultos mayores, ya que asegura su bienestar.
Elegir con asesoría
José Luis Cruz Martínez, secretario en el Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil, subraya que cada caso debe analizarse con un notario. Aunque recomienda el testamento como la alternativa más segura, reconoce que la donación también es válida para quienes buscan una transferencia inmediata de bienes.
Ambos especialistas coinciden en que, aunque el costo inicial pueda parecer elevado, las ventajas jurídicas y familiares hacen que valga la pena realizar alguno de los dos trámites. Con ello, se evita que el patrimonio quede en manos de un juez y se generan condiciones de mayor certeza para los herederos.
La decisión entre hacer un testamento o donar en vida depende de las circunstancias personales, pero ambas figuras jurídicas permiten heredar tranquilidad y prevenir conflictos futuros.








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