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SCJN elimina el estado civil en actas de nacimiento por considerarlo discriminatorio

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    La Noticia al Punto
  • hace 22 horas
  • 2 Min. de lectura

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que incluir el estado civil en las actas de nacimiento es inconstitucional, al vulnerar derechos como la privacidad, la protección de datos personales y la no discriminación.

La decisión tiene efectos en todo el país y obliga a los registros civiles a dejar de solicitar o mostrar información sobre matrimonio o divorcio en estos documentos oficiales.


Un cambio obligatorio en todo México

A partir de la Declaratoria General de Inconstitucionalidad 3/2025, ninguna autoridad podrá exigir o mantener datos relacionados con el estado civil en las actas de nacimiento.

Esto significa que:

  • Ya no aparecerán anotaciones de matrimonio o divorcio

  • No podrán solicitarse en trámites oficiales

  • Aplica en todas las entidades federativas


El origen del caso

El fallo surgió tras un caso en Jalisco, donde una persona solicitó eliminar anotaciones de divorcio en su acta de nacimiento.

Ante la negativa del Registro Civil, el caso llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que determinó que esta práctica era inconstitucional.


¿Por qué es discriminatorio?

El máximo tribunal consideró que el estado civil:

  • No es un dato esencial de identidad

  • Puede generar tratos discriminatorios

  • Expone información personal sin justificación

El ministro Giovanni Figueroa Mejía señaló que se trata de una “categoría sospechosa” que puede afectar a las personas en ámbitos laborales, sociales o financieros.


Protección de datos personales

La resolución también refuerza el derecho a la autodeterminación informativa, es decir, el control que cada persona tiene sobre sus datos personales.


La Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció que el Estado debe garantizar que los documentos oficiales solo incluyan información necesaria para identificar a una persona.


¿Qué cambia en los trámites?

Con esta decisión:

  • Las actas de nacimiento ya no incluirán estado civil

  • Se podrán descargar versiones digitales sin estos datos

  • Se simplifican los requisitos en trámites oficiales


Un nuevo criterio nacional

El fallo fija un precedente clave en México sobre el manejo de datos personales en documentos públicos.

Además, redefine los límites de la función del Registro Civil y obliga a actualizar leyes locales que aún contemplaban esta información.

La resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación marca un cambio importante en la protección de derechos en México, al eliminar un dato considerado innecesario y potencialmente discriminatorio en las actas de nacimiento.

Por Cadena Política


 
 
 

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