SCJN CIERRA LA PUERTA A REVISAR FALLOS DE LAS SALAS Y DESATA TENSIÓN INTERNA
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que no revisará sentencias dictadas por las extintas Salas, al considerar que permitirlo implicaría reconocer la existencia de una instancia superior dentro de un órgano que, constitucionalmente, es indivisible. Por unanimidad, el Pleno aprobó el proyecto presentado por la ministra Lenia Batres Guadarrama.
La resolución derivó de una consulta formulada por el ministro presidente Hugo Aguilar, luego de que la Fiscalía General de la República (FGR) promoviera un recurso de revisión contra la sentencia de la Primera Sala que, el 11 de junio de 2025, ordenó la inmediata libertad de Juana Hilda González Lomelí, sentenciada por el secuestro y homicidio de Hugo Alberto Wallace Miranda.
En su proyecto, Batres Guadarrama sostuvo que admitir el recurso supondría desconocer el carácter definitivo de las sentencias emitidas por las Salas de la Corte. “El proyecto concluye que el recurso de revisión es jurídicamente improcedente al haberse interpuesto contra una sentencia dictada por una de las extintas Salas de esta Suprema Corte”, señaló la ministra, quien propuso devolver los autos a la Presidencia del máximo tribunal para que se emita el acuerdo correspondiente.
Aunque el proyecto fue respaldado, seis ministros, entre ellos Giovanni Figueroa, solicitaron eliminar un párrafo que hacía referencia a la figura de la “cosa juzgada fraudulenta”, al considerar que no era materia de discusión en esta sesión. El texto señalaba que dicha figura no constituye un recurso adicional ni un mecanismo de revisión de sentencias firmes de la SCJN, sino una acción autónoma para iniciar un nuevo proceso cuando se acredite un fraude procesal grave.
Batres Guadarrama se negó a suprimir el párrafo y argumentó que el reglamento del máximo tribunal no prevé modificaciones parciales al proyecto sin la emisión de votos concurrentes o particulares. Incluso exhortó a los ministros a emitir un acuerdo formal si se pretendía cambiar las reglas internas de la Corte.
Finalmente, el Pleno aprobó que la ministra elabore la versión final de la sentencia, dejando constancia de que la mayoría solicitó la supresión del apartado controvertido, en una decisión que marca un precedente sobre los límites de revisión dentro de la SCJN y evidencia las tensiones en su nueva integración.
Por Omar Carmona








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