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Publicado el reglamento de La Ley General de Salud, sobre uso medicinal de la marihuana en el DOF

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La Noticia al Punto
12 ene 2021
2 min de lectura

Este martes fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el reglamento de la Ley General de Salud en materia de control sanitario para la producción, investigación y uso medicinal de la marihuana.


El reglamento busca la regulación, control, fomento y vigilancia sanitaria de materia prima, derivados farmacológicos y medicamentos de la marihuana, con fines de producción, investigación, fabricación y médicos.


Las acciones reguladas por el reglamento para la marihuana son aquellas que tienen los fines de producción primaria para abastecer la fabricación, generar materia prima y producir semillas de la planta.


La fabricación será para realizar investigaciones para la salud, investigación farmacológica, fabricación de derivados farmacológicos y medicamentos.


Además se formará a médicos para la realización de diagnósticos, preventivos, terapéuticos, de rehabilitación y cuidados paliativos.


Para efectos del reglamento, le corresponderá a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) la regulación, control y fomento sanitario relacionados con los fines de investigación, fabricación y médicos de la marihuana, sus derivados farmacológicos y medicamentos. Así como el control y seguimiento en el testado y trazabilidad, conforme a lo establecido en la Ley General de Salud y demás disposiciones jurídicas aplicables.


El SAT será el encargado de verificar el cumplimiento de las disposiciones jurídicas aplicables a la importación y exportación.


Al SNICS (Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas), le corresponderá regular la producción de semillas certificadas, la calificación de semillas y la comercialización y puesta en circulación de todas las semillas de la marihuana.


El Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica) deberá regular y promover la sanidad de la marihuana, así como la aplicación, verificación y certificación de los sistemas de reducción de riesgos de contaminación física, química y microbiológica en la producción primaria.


Mientras que la Secretaría de Economía (SE) es la encargada de intervenir, conforme a sus atribuciones, en la determinación de los aranceles que deberán corresponder a la importación y exportación.


Fuente informativa: LatinUS

 
 
 

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