La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido un fallo respecto a la aplicación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los alimentos destinados a mascotas en el hogar, desestimando la posibilidad de aplicar una tasa del 0 % como se pretendía a través de un amparo revisado ante esta instancia.
El proyecto argumentaba una disparidad tributaria entre vendedores de alimentos para mascotas pequeñas y aquellos para mascotas de mayor tamaño, pero la SCJN concluyó que la norma del 0% no viola el principio de claridad y precisión en la ley tributaria.
Los ministros consideran que esta distinción en la tasa impositiva se justifica por razones económicas, como el estímulo a la producción agrícola y la garantía de disponibilidad de alimentos sin procesar. La decisión de confirmar la constitucionalidad de la ley se fundamenta en ayudar a los contribuyentes a entender sus obligaciones fiscales y promover la producción agrícola.
El fallo destaca que el impuesto recae sobre los compradores de alimentos procesados para mascotas y no sobre la propiedad de los animales en sí. Se determinan que esta normativa no es injusta ni discriminatoria, sino que busca fomentar ciertas actividades económicas y garantizar una tributación equitativa.
Este fallo reafirma el papel de la SCJN en la interpretación y aplicación de las leyes fiscales, asegurando la coherencia y equidad en la tributación, y destacando el interés por mantener una base impositiva justa y transparente para todos los contribuyentes.
Por Amanda Pérez
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