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¿El Día del Padre es día de descanso obligatorio en México? Esto dice la Ley Federal del Trabajo

  • Foto del escritor: La Noticia al Punto
    La Noticia al Punto
  • 12 jun
  • 2 Min. de lectura

Este domingo 15 de junio de 2025 se celebrará en México el Día del Padre, una fecha que muchas familias aprovechan para reunirse y rendir homenaje a los padres. Ante la cercanía de esta celebración, miles de personas trabajadoras han acudido a plataformas digitales para saber si este día es considerado como descanso obligatorio y, en caso de laborar, cuánto deben recibir de pago. A continuación te compartimos la información oficial.

¿El Día del Padre es un día feriado oficial?

Lo primero que se debe aclarar es que el Día del Padre no es considerado como día de descanso obligatorio en México, de acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT). A diferencia de fechas como el 1 de enero, el 1 de mayo o el 16 de septiembre, esta celebración no forma parte del calendario oficial de días festivos laborales.


Además, el Día del Padre no tiene una fecha fija, ya que se celebra cada tercer domingo de junio, por lo que en este 2025 caerá el domingo 15 de junio. Esto contrasta con otras conmemoraciones como el Día de las Madres (10 de mayo) o el Día del Niño (30 de abril), que siempre se celebran en fechas específicas.


¿Cuánto deben cobrar los trabajadores que laboren el Día del Padre?

Dado que el Día del Padre no es un día de descanso obligatorio, los trabajadores que laboren esa jornada recibirán su salario habitual. No obstante, al ser domingo, aplica lo estipulado en el artículo 71 de la LFT, el cual señala que los empleados que trabajen en domingo deben recibir una prima dominical mínima del 25% sobre su salario diario ordinario.

“En los reglamentos de esta Ley se procurará que el día de descanso semanal sea el domingo. Los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo”, señala el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo.

En resumen, quienes trabajen el domingo 15 de junio de 2025 sí tienen derecho a una compensación extra, pero únicamente en concepto de prima dominical, no por ser un día festivo oficial.

Por Angel Soto



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